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Absuelven a Jorge Fernández por caso de feminicidio de María del Pilar Garrido

Absuelven a Jorge Fernández por caso de feminicidio de María del Pilar Garrido

•La magistrada presidenta del Poder Judicial de Tamaulipas señaló que las pruebas de la Fiscalía fueron insuficientes para sostener la condena de 47 años de prisión contra Jorge Fernández González.
El esposo de la ciudadana española María del Pilar Garrido recuperó su libertad tras una nueva revisión judicial que ordenó dejar sin efecto la sentencia.

Por Margil Zapata.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, 29 de octubre de 2026.– La falta de pruebas suficientes para acreditar la responsabilidad penal de Jorge Fernández González derivó en una sentencia absolutoria y en su liberación inmediata, luego de permanecer casi nueve años en prisión acusado del feminicidio de su esposa, la ciudadana española María del Pilar Garrido Santamans, ocurrido en 2017.

La magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas, Tania Gisela Contreras López, explicó que la resolución fue emitida por la Sala Colegiada Penal en cumplimiento de una determinación de un tribunal federal, que ordenó revisar nuevamente los elementos probatorios y los argumentos presentados por la Fiscalía durante el proceso.

La nueva valoración concluyó que el material probatorio no permitía mantener la condena de 47 años de prisión impuesta a Fernández González en enero de 2019. La defensa promovió diversos recursos legales que llevaron a la revisión del expediente y a la emisión de una nueva resolución, tras dos ratificaciones previas de la sentencia por parte de la Sala Colegiada.

«En un análisis ya integral de las pruebas aportadas por la Fiscalía se determina que no existen pruebas suficientes para sostener la condena por feminicidio que en su momento se dictó», declaró.

La magistrada subrayó que el fallo no representa una declaración de inocencia plena respecto de los hechos investigados, sino que establece que las pruebas aportadas por la representación social resultaron insuficientes para acreditar la responsabilidad penal del acusado. Tras la determinación, se notificó al Tribunal de Enjuiciamiento para ejecutar la orden de libertad, que se concretó la noche del miércoles 28 de octubre.

La presidenta del Poder Judicial reconoció que el caso involucra a una víctima y a una familia que continúa exigiendo justicia, por lo que sostuvo que las autoridades deben garantizar los derechos de quienes han sufrido un delito, sin mantener condenas cuando la evidencia no es suficiente para responsabilizar penalmente a una persona.

Respecto a la posibilidad de que existan otros expedientes con circunstancias similares, Contreras López indicó que las resoluciones deben apegarse a la legalidad y a los elementos que obran en cada proceso. También precisó que corresponderá a la Fiscalía determinar si existen pruebas para formular nuevas imputaciones o investigar a otras personas que pudieran estar relacionadas con los hechos.

Para concluir, en cuanto a la posibilidad de que Fernández González emprenda acciones legales contra el Estado mexicano por el tiempo que permaneció en prisión, la magistrada señaló que cuenta con ese derecho y que las responsabilidades derivadas de posibles actuaciones indebidas deberán determinarse conforme a la ley.

«Es un derecho que tienen las personas que han sido acusadas por un delito que no cometieron, es una previsión constitucional, pero además de elemental justicia», expresó Contreras López, quien añadió que el Estado responde por el actuar de sus instituciones, sin excluir la responsabilidad individual de quienes pudieran haber incurrido en conductas indebidas.